COMISIÓN EUROPEA: SERVICIOS FINANCIEROS Y BLOCKCHAINS PÚBLICAS
La Comisión Europea ha publicado (27.11.2024) un informe titulado "Enhancing Financial Services with Permissionless Blockchains", en el que promueven el uso de las blockchains públicas o sin permiso, como capa base, por los beneficios que suponen en materia de gobernanza, permitiendo desarrollar servicios financieros sobre una base neutral.
Ello lo justifican en tres razones fundamentales:
1.- Ello promovería la competencia, reduciría las estructuras de mercado monopolíticas así como los silos aislados (evitando los problemas de las plataformas centralizadas y asentando una base que sea neutral).
2. Ello no implicaría una ausencia de regulación (prototípica de las cadenas no permisionadas), puesto que la intervención normativa puede desplegarse en relación a los emisores y los prestadores de servicios que pueden aplicar las medidas regulatorias exigidas. Ello lo facilita el desarrollo del mercado en una L2 o L3, en relación a la emisión o a las transferencias de los tokens, limitando los usuarios y la interacción con otros protocolos. La L1 no permisionada permitiría la interacción y mayor flexibilidad, habilitando la implementación de los requisitos normativos requeridos en una capa superior.
3. Fomentan la interoperabilidad de blockchains de L2, habilitando la aplicación de Open Finance, permitiendo componibilidad y atomicidad entre las operativas. La existencia de una blockchain pública como base permitiría disponer de múltiples opciones para ofertar servicios, incluyendo sistemas de pago tokenizados.
Afirma la Comisión Europea, no sin razón, que aunque existen muchos desafíos que presentan las blockchains públicas, el rechazo para los servicios financieros, hasta ahora, proviene de razones erróneas, basadas en no pocas ocasiones porque los críticos no conocen los conceptos más fundamentales de las blockchains. Por ejemplo, comparan, a efectos de costes, una transacción de TradFi con una transacción de blockchain, que puede incluir cientos de transferencias de tokens, obviando, además los costes de liquidación centralizados en TradFi o los costes que el mercado tradicional suponen.
Dado que la regulación, defendible en servicios financieros, no tiene por qué desplegarse en la blockchain sino en los smart contracts, ello mantendría la neutralidad y los caracteres esenciales (transparencia, gobernanza, etc.) que pemiten estas cadenas. Por ello, se defiende que deben ser interpretadas como una infraestructura para construir sobre ellas y no como una infraestructura de liquidación que habría de ser regulada. Así, en el caso de las infraestructuras construidas sobre blockchains públicas, la responsabilidad normativa debería recaer sobre el emisor del token o el titular de la infraestructura de servicios.
Blockchains no permisionadas y mercados regulados son compatibles. Así lo he creído siempre y así parece defenderlo el informe publicado por la Comisión Europea